Renovación de la vigencia de modelos y versiones
Reformaron el Acuerdo Ministerial referente a importaciones de CKDs
Todos los modelos y versiones de productos a ensamblar regulados por el Acuerdo Ministerial
MPCEIP-DMPCEIP-2019-0065, que se aprueben a partir de la vigencia de la presente reforma,
tendrán una duración de un año fiscal (01 de enero al 31 de diciembre), y deberán ser renovados en
diciembre de cada año.
Artículo (…): Renovación de la vigencia de modelos y versiones
Las empresas y/o personas naturales ensambladoras deberán renovar los modelos y versiones a
ensamblar mediante un pedido por escrito a la Subsecretaría de Competitividad Industrial y
Territorial, en el mes de diciembre de cada año, con el listado de modelos y versiones que
continuarán vigentes para el siguiente año, adjuntando los respectivos programas de integración sin
modificaciones respecto de lo autorizado.
Los modelos que hayan sido renovados de acuerdo al párrafo anterior, serán notificados a SENAE
por la Subsecretaría de Competitividad Industrial y Territorial.
Los modelos y versiones que no hayan sido renovados en el plazo indicado, no estarán autorizados
para ensamblarse en el siguiente año fiscal (01 de enero al 31 de diciembre), por la empresa y/o
persona natural ensambladora.
Puede descargar el Registro Oficial completo a continuación:
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